
>¡¡¡COSAS DE INGENIEROS!!!< (COMO DECÍA UN ANTIGUO COMERCIAL EN TV DE CARGILL)
ARTICULO: 68*:
Se permitirá el uso de lastre para completar el peso indicado por el mencionado reglamento debiendo
estar el mismo en un compartimiento cerrado, que debe estar soldado a la estructura del auto. Este lastre
debe estar asegurado contra el desplazamiento mediante uno o más bulones de alta resistencia, uno de
los cuales como mínimo deberá tener un agujero pasante de 2 mm para su precintado.
El mismo deberá estar ubicado exclusivamente en el lugar que antiguamente ocupaba el copiloto.
Circuitos y Talleres
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